Inicio Actualidad Económica ¿Es legal abrir una cuenta corriente o un depósito fuera de España?

¿Es legal abrir una cuenta corriente o un depósito fuera de España?

Primero fue la crisis que azotó a España en 2008 y ahora, los tipos de interés ridículos de los productos de ahorro españoles, que se sitúan entre los más bajos de la eurozona. Ante tales escenarios, muchos españoles se han planteado sacar sus ahorros fuera de España en busca de más seguridad o de rentabilidades más atractivas, sobre todo ahora que para abrir una cuenta corriente o un depósito en el exterior no es necesario ni cruzar la frontera ni hablar el idioma del país de destino. De hecho, ni siquiera hace falta hablar en inglés en muchos casos, explican los expertos del comparador de depósitos a plazo fijo HelpMyCash.com.

Informar a la Agencia Tributaria

Antes de nada, dejemos clara una cosa: sacar los ahorros fuera de España es legal. Eso sí, si el conjunto de las cuentas y de los depósitos situados fuera de España supera los 50.000 euros, tendremos que informar a la Agencia Tributaria. Si, por el contrario, el saldo es inferior, no tendremos la obligación de informar sobre la existencia de bienes en entidades extranjeras a ningún organismo español.

La declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720) se tiene que presentar de forma telemática (por Internet) entre “el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar”, de acuerdo con la Orden HAP/72/2013. Se deben declarar tanto los saldos de las cuentas a 31 de diciembre como el saldo medio correspondiente al último trimestre del año, pero, ojo, no es necesario hacerlo año tras año. Solo será obligatorio volver a informar a la AEAT si el saldo de las cuentas se incrementa en 20.000 euros respecto a la última declaración, aclaran fuentes de HelpMyCash.

La obligación de presentar una declaración informativa se extiende no solo a los titulares de las cuentas o de los depósitos, sino también a las personas que figuren como representantes, autorizados o beneficiarios. Por otra parte, la obligación también afecta a quienes hayan tenidos saldos en el exterior durante cualquier momento del ejercicio fiscal, independientemente de que ya no los tengan. No presentar el modelo 720 puede salir muy caro: la sanción mínima es de 10.000 euros.

También existe la obligación de informar al Banco de España mediante el formulario ETE cuando los activos y pasivos exteriores a 31 de diciembre superen el millón de euros.

¿Cómo tributan los intereses obtenidos fuera de España?

Conseguir rentabilidad fuera de nuestro país está al alcance de todos. Ya no hace falta coger un avión a Luxemburgo o Alemania para abrir un depósito, sino que ahora se pueden contratar cuentas y plazos fijos fuera de España sin salir de casa y desde importes muy bajos. La plataforma de plazos fijos europeos Raisin ha democratizado el acceso a los depósitos extranjeros: a través de ella los españoles pueden contratar más de 60 depósitos distintos en países como Italia, Francia, Portugal, Austria, Polonia o Bulgaria, todos ellos protegidos por sus correspondientes FGD, explican desde el comparador.

A corto plazo, se puede rascar un 0,65% TAE con el depósito a tres meses del banco maltés FimBank. A un año, se puede conseguir un 1% TAE o más con los depósitos a doce meses del italiano Banca Sistema, del búlgaro BACB y del luso Haitong.

A medio plazo, por ejemplo a tres años, el eslovaco Privatbanka ofrece un 1,33% TAE. Y a muy largo plazo, diez años, Banca Sistema ofrece un imbatible 2,01% TAE. También se puede acceder a plazos fijos extranjeros fuera de Raisin. Por ejemplo, el francés Crédit Agricole Consumer Finance comercializa depósitos a seis meses y uno, dos y tres años que llegan hasta el 1,25% TIN.

Pero una de las principales preocupaciones que suelen tener los ahorradores que se llevan su dinero fuera de España es cómo tributan las ganancias que se obtienen en el exterior. Pues es muy sencillo. Simplemente en el momento de presentar la declaración de la renta se deben sumar los intereses brutos obtenidos fuera de España a los intereses obtenidos en nuestro país, dentro del apartado de rendimientos del capital mobiliario. La propia Administración se encargará de calcular la retención correspondiente según la escala del ahorro española (19% en la mayoría de los casos).

¿Y si el banco extranjero nos ha aplicado alguna retención?

Lo ideal es que el banco no nos aplique ninguna retención y tributemos solo en nuestro país. Para ello, por lo general basta con informar a la entidad de que no somos residentes fiscales en dicho país y entregarle un certificado de residencia fiscal que puede descargarse en la web de la Agencia Tributaria. Aunque siempre hay excepciones: la plataforma de depósitos Raisin explica que los bancos afincados en Francia no exigen la presentación de este documento, mientras que los portugueses o los búlgaros, además de dicho certificado, requieren un documento adicional.

Pero en el caso de que el banco extranjero aplique algún tipo de retención, se puede evitar la doble imposición. En tal caso, se tendrán que consignar las retenciones practicadas fuera de España en la casilla sobre deducciones por doble imposición internacional.