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Tribunal Administrativo ordenó medidas cautelares por calidad del aire

La sala primera de oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia les ordenó al Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA) y al Municipio de Medellín tomar medidas cautelares de urgencia para contrarrestar la situación de contaminación atmosférica en Medellín.

El decreto surge de la petición de protección de derechos e intereses colectivos del ciudadano Lucas Andrés Quintero Velásquez, quien se mostró en desacuerdo con las medidas adoptadas  por las autoridades ambientales para contrarrestar los efectos negativos de la calidad atmosférica durante marzo, una época especialmente crítica. 

La demanda contra el AMVA y el municipio de Medellín apela a los problemas de salud pública que supone la polución del aire, argumentando incluso que esta es la tercera causa generadora de muertes prematuras en Colombia.

«Para la Sala es claro que la calidad del aire en la ciudad de Medellín y Área Metropolitana constituye un problema de salud pública, y que, si bien, la producción de la misma obedece a factores antropogénicos, la agravación coincide con factores geográficos. Lo que hace que sea determinante intervenir la actividad humana para contrarrestar esta situación», se lee en el documento. 

Entre las medidas que solicitó el demandante, están el pico y placa ambiental las 24 horas del día para seis dígitos, la intensificación de los monitoreos a las fuentes móviles, la producción de informes sobre la contaminación de estas fuentes actualizados y mayor información a la ciudadanía sobre los puntos críticos de la ciudad, entre otras. 

Sin embargo, con respecto a la primera medida señalada en el documento, el Tribunal argumentó que el pico y placa en esas condiciones va en contravía a otros derechos, por lo que no se le puede ordenar al AMVA cumplir con esa petición.

No obstante, la dependencia sí debe garantizar que ninguna de las 18 estaciones de calidad del aire reporte un nivel superior al moderado (amarillo). 

Del documento también se desprende lo siguiente: «Si por cualquier circunstancia, sobrepasa dicho nivel, adoptar en forma inmediata las medidas de mitigación de los efectos perjudiciales y de restauración a un nivel que no sea dañino para la salud de grupos sensibles o para la salud (amarillo)».

Con respecto al control sobre fuentes móviles, el Tribunal ordenó que la secretaría de Movilidad haga un reporte oficial de los operativos que se han realizado a la fecha y los resultados de estos.

Que en ninguna estación de monitoreo de la calidad del aire se reporte que éste pueda llegar a ser dañino para la salud

Las decisiones fueron catalogadas como transitorias, mientras las partes demandadas demuestran que se han tomado medidas que permitan que la calidad del aire se mantenga normal. 

La solicitud viene acompañada de pruebas que, según el Tribunal, demuestran la necesidad de tomar medidas cautelares más estrictas. Entre ellas se encuentran, por ejemplo, el informe técnico de soporte para la nueva resolución sobre la calidad del aire y una tesis de investigación de la Universidad Nacional sobre el material particulado PM 2.5.

A la fecha y según el último reporte del Sistema de Alerta Temprana para Medellín y el Valle de Aburrá (SIATA), 13 de las 18 estaciones de carácter poblacional están en naranja, lo que significa que la calidad del aire es perjudicial para grupos sensibles, 4 muestran una calidad moderada y una no tiene registro. 

El AMVA aún no se ha pronunciado sobre el contenido de la demanda. 

MEDELLÍN