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El bloqueo castrista contra los cubanos

Niños jugando en parque (foto tomada de Internet)

LA TUNAS, Cuba.- Cariacontecido, el ministro de relaciones Exteriores Bruno Rodríguez Parrilla explicó a la prensa como este miércoles, a diferencia de ocasiones anteriores, el proyecto de resolución presentado por su delegación contra el embargo estadounidense no podrá ser llevado a votación de inmediato, sino votado al día siguiente, pues, junto con la petición castrista de “poner fin al bloqueo”, la Asamblea General de la ONU deberá pronunciarse sobre 8 enmiendas introducidas por la delegación de Estados Unidos al proyecto de resolución de La Habana.

El sobresalto del señor Rodríguez Parrilla es fundado en un hecho cierto: jurídicamente, las enmiendas estadounidenses son de fuste, congruentes con el derecho internacional, y, aceptando la comunidad internacional tan sólo una de las 8 reformas, aun aprobada la resolución contra el embargo, el régimen castrista quedará sentado en el banquillo de los acusados por violador de los derechos humanos.

Vamos a ver: las enmiendas estadounidenses parecen tomadas de los mismos anhelos que los cubanos callan, para no ser agredidos por turbas castristas, como la vociferante que recién vimos en un mismísimo salón de la ONU.

Esas enmiendas debieron salir de la propia sociedad civil cubana, pero los cubanos son una sociedad murmurante, por miedo a ser tachados de “contrarrevolucionarios” y marginados; escamoteándoles, o negándoles servicios médicos, educacionales y trabajo, derechos de los que el régimen blasona. Amén de desterrarlos, impidiéndoles salir o entrar a Cuba.

O callan porque pueden ser llevados a la cárcel por expresarse en contra del régimen, haciendo de la sociedad cubana una población cautiva, no sólo dentro de las cárceles, sino también dentro de sí misma, por autocensura fundada en miedo creíble.

No me referiré, sin embargo, a esas “infracciones” según la ley castrista, por las que cientos, miles de cubanos fueron a la cárcel, al paredón de fusilamiento, al exilio, al destierro, o permanecen murmurantes o aplaudidores de los discursos que en público confirman y en soledad mil veces maldicen.

No se engañen, señores castristas y procastristas del mundo todo. El castro-comunismo-esclavismo-feudalismo-capitalismo-monopolista, la dictadura militar que ya va para 60 años, devenida de lo que un día se llamó Ejército Rebelde, dejó de ser revolución hace mucho tiempo. Y los castristas comparen las alpargatas de su heroína Celia Sánchez con… la última moda de la “primera dama de Cuba”.

Hoy la ONU examina el embargo estadounidense al régimen castrista, acción soberana del gobierno de Estados Unidos que el régimen llama “bloqueo comercial y financiero”. Bien: hagamos un ejercicio de derecho comparado.

El general Raúl Castro promulgó en marzo pasado y en cuestión de días entrará en vigor, el Decreto-Ley No. 357, “De las contravenciones personales en el ejercicio del trabajo por cuenta propia”, y la ministra de Trabajo Margarita M. González Fernández, dictó una resolución con la “denominación” del tipo de trabajo y lo que puede o no puede hacer un trabajador por cuenta propia en Cuba.

Quien haga lo contrario a ese catálogo de licitudes laborales y prohibiciones administrativas, por momentos en letra risible y en espíritu trágico, puede esperar que, ahí está, para multarlo o llevarlo a la cárcel, el Decreto-Ley del General Raúl Castro, o el Código Penal con delitos tales como, “Actividades económicas ilícitas, Especulación o acaparamiento, Contrabando, Tráfico ilegal de moneda nacional, divisas, metales y piedras preciosas, o Sacrificio ilegal de ganado mayor y ventas de sus carnes.

Vean algunos ejemplos de trabajo por cuenta propia en Cuba y las condiciones en que deben realizarse.

“Mecanógrafo: los documentos que imprime no son lesivos a los valores éticos y culturales de la nación”.

Por “valores éticos y culturales de la nación”, comprenda que son los entendidos por el castrismo, sancionados con hasta ocho años de cárcel por “propaganda enemiga” cuando policías, fiscales y jueces entienden que se incita “contra el orden social, la solidaridad internacional o el Estado socialista mediante propaganda oral, escrita o en cualquier otra forma”.

“Comprador vendedor de libros de uso: no comercializa libros con contenidos lesivos a los valores éticos y culturales de la nación”.

“Comprador vendedor de discos: reproduce y comercializa discos con contenidos no lesivos a los valores éticos y culturales de la nación”.

Ante el aumento de la demanda, los vendedores de discos han aumentado su inventario de series coreanas (Foto: Ernesto Carralero)

Imaginen… Discos prohibidos en Cuba fueron los de The Beatles, y ahora, los de Willy Chirino y otros tantos que cantan a la libertad.

“Curtidor de pieles: excepto las de ganado mayor”.

Zapateros y talabarteros tienen igual prohibición. El que sacrifique ganado mayor en Cuba, según dicharacho popular, lo paga con el cuero en la granja (prisión). El sacrificio de ganado en Cuba por particulares es sancionado hasta con diez años de cárcel.

“Artesano: confecciona y comercializa artículos y prendas transformando materiales, no incluye oro, plata, platino y otros similares ni joyas de metales preciosos”.

El Código Penal sanciona con hasta cinco años de cárcel al que exporte o importe monedas o valores públicos, oro, plata, platino u otros metales preciosos fuera del monopolio estatal.

“Modista o Sastre: No incluye la comercialización de ropa importada por él (trabajador) u otras personas, transformada o no”.

“Profesor de música y otras artes: imparte clases de música, baile, poesía… No emite certificación de estudios terminado. El ejercicio de la actividad es individual, no puede contratar el servicio de otros profesores. No constituye escuelas ni academias”.

Ahora ya no se trata de importar o exportar artículos ni de curtir cueros de vacas cuya matanza es prohibida: se trata, de que no existan escuelas privadas en Cuba ni para enseñar técnicas poéticas; o, dicho de otro modo: se trata de preservar el monopolio de la educación en Cuba, para mantener la instrucción en mero adoctrinamiento político.

Y, ¿qué les parece está ristra de empleos ridículos por monopólicos?

“Anticuario: compra y vende artículos antiguos (¿qué si no?). Sólo ejerce en el Centro Histórico de La Habana Vieja”.

“Exhibición de perros amaestrados: sólo ejercen en el Centro Histórico de La Habana Vieja”.

“Cartomántica, artistas de danza folklórica (y otros): sólo ejerce en el Centro Histórico de La Habana Vieja”.

“Pelador de frutas naturales: comercializa las frutas típicas cubanas, listas para su consumo. Sólo ejerce en el Centro Histórico de La Habana Vieja”.

Acaso, ¿esto no es miseria moral?, no por parte de quienes ejercen esas faenas, que trabajos universales son, sino, mendigos de honra los monopolistas que han hecho de La Habana Vieja un feudo…

He dejado para el final una ocupación que nuestros niños aman, más que otros niños del mundo civilizado, (¿seremos civilizados?) porque nuestros niños carecen de juguetes: “Restaurador de muñecos y otros juguetes: repara todo tipo de juguetes y muñecos. No comercializa muñecos o juguetes importados por él (el trabajador) u otras personas. Puede fabricar y comercializar muñecos de trapo”.

Por favor, señores, vean lo que es el castrismo: Prohibido importar hasta juguetes. El trabajador por cuenta propia… “Puede fabricar y comercializar muñecos de trapos”. Sí, hoy y mientras exista, hay un bloqueo que condenar: el ejercido despiadadamente por el castrismo contra los cubanos. Ojalá las personas de buena voluntad lo entiendan y las naciones civilizadas ejerzan en la ONU todos los votos que deben ejercer a favor de los Derechos Humanos en Cuba.