Inicio Cuba Fiscal, ¿cuál es el delito de Yoni?

Fiscal, ¿cuál es el delito de Yoni?

Yoni Castelló Sales (Foto Granma)

LAS TUNAS, Cuba. – El mayor productor de carne de cerdo de la provincia Las Tunas, el agricultor Yoni Castelló Sales, enfrenta una petición fiscal de nueve años de cárcel y la confiscación de sus bienes, acusado por un presunto delito de cohecho.

Según reportó CubaNet en abril de 2018, Yoni fue detenido tras un aparatoso operativo policial que incluyó drones de observación; pero en el registro a su casa y a su finca no fueron ocupadas evidencias de culpabilidad.

Contraviniendo el artículo 95 de la Constitución, policías y fiscales mantuvieron a Yoni Castelló Sales cuatro meses en calabozos de la policía de investigación, sin que su abogado tuviera acceso al expediente acusatorio.

Otros siete meses Yoni fue mantenido en prisión provisoria, en la cárcel provincial, sin derecho a fianza, sólo concedida en vísperas del juicio.

El juicio oral comenzó el pasado jueves 2 de mayo, a las ocho y media de la mañana,  prosiguiendo hasta la tarde-noche del día siguiente, suspendiéndose por incomparecencia de testigos hasta este 27 de mayo.

Pero este lunes, compareciendo los testigos ausentes, excepto tres residentes en La Habana, otra vez el Tribunal suspendió el juicio, posponiendo la sesión para el 25 de junio.

La incomparecencia de testigos faculta al Tribunal a suspender el juicio y continuarlo “dentro de los quince días hábiles siguientes”, dice la Ley de Procedimiento Penal.

Pero, técnicamente, la suspensión hasta el 25 de junio debe obedecer a otros propósitos y no a la ausencia de testigos.

Produciéndose en el juicio oral “revelaciones” o “retractaciones” “inesperadas” que “alteren sustancialmente” el hecho imputado, de oficio, o a instancia de la parte acusadora, el Tribunal dispondrá la práctica de “nuevas diligencias de prueba”.

Diligencias que “no excederán de veinte días hábiles” contados a partir del momento en que el fiscal recibe la comunicación del Tribunal, conceptúa el artículo 351 de la Ley de Procedimiento Penal.

Los acusados son cinco; Yoni, agricultor residente en Puerto Padre; dos funcionarios de Las Tunas, otro de Santiago de Cuba y otro de La Habana.

La Fiscal no interrogó ni a los acusados ni a los testigos, algo que sí hizo la defensa, compuesta por cinco abogados.

El presidente del Tribunal precisó con un testigo si en su declaración había dicho que Yoni trató de “corromperlo”. Pero ese testigo dijo que nunca mencionó la palabra “corromper” ni ninguna otra semejante. Ningún testigo o acusado ha confirmado que Yoni le hiciera ofrecimientos o promesas para obtener beneficios.

Acusan a Yoni de un delito de cohecho continuado. La prueba, una pierna de cerdo que, según dicen, allá por 2016, obsequiaría a un funcionario estatal. Pero no muestran quién llevó tal pernil ni quién lo recibió.

Atribuyen a Yoni haber obsequiado un cerdo a un funcionario estatal en La Habana. Pero tal cerdo fue adquirido por un directivo de transporte en Las Tunas, quien encomendó llevarlo a La Habana.

Descendiente de una familia de agricultores propietarios de tierras desde inicios del pasado siglo, cuando ciudadanos provenientes de España se establecieron en Cuba, Yoni Castelló Sales criaba cerdos por cientos desde el año 2000.

Desde el año 2009 y hasta el día de su detención, Yoni era el mayor productor de carne de cerdo de la provincia Las Tunas y cada año producía cuatro mil cerdos de 100 kilogramos cada uno.

A precio oficial, vendidos a la empresa porcina estatal como hacía Yoni, esa piara importaba 8 millones 965 mil 200 pesos anualmente. Dineros que iban a parar al banco estatal. Cuando la policía fue a por él, Yoni no tenía un solo centavo oculto.

Además de dinero, Yoni tenía amigos. Era delegado a la Asamblea Municipal del Poder Popular. En su barrio, en las últimas elecciones, de 546 votos posibles 484 vecinos votaron por él.

Era la finca de Yoni de “Referencia Nacional”, la habían visitado delegaciones de cinco países, incluso de uno ganadero, México.

Yoni había sido delegado al congreso de la Asociación Nacional de Agricultores y a las tres primeras ferias porcinas que había tenido Cuba. En la cuarta ya lo tenían preso.

Venían a admirar sus animales jefes del Partido Comunista, del Gobierno, de la Agricultura. Incluso, el general Pardo Guerra, jefe nacional de la Defensa Civil, y Teresa Amarelle, secretaria nacional de la Federación de Mujeres Cubanas, visitaron la finca.

La prensa oficial iba y venía con cámaras y micrófonos. En 2015, la revista Bohemia dedicó un reportaje a Yoni; Bohemia que ahora tienen los jueces como prueba de su buena conducta.

Policías y fiscales que mantuvieron a Yoni cuatro meses en un calabozo, durmiendo en una litera de cemento, y luego lo internaron siete meses en la cárcel, en total 11 meses en prisión provisional, saben que Yoni ganó dinero trabajando, a la vista pública.

Pero ahora pretenden meter a Yoni nueve años en la cárcel, confiscándole cuanto consiguió por herencia, o con su trabajo: su tierra, su cochiquera, su tractor, su automóvil, su dinero…

-“¿Dónde compró su automóvil?”, preguntó el abogado, haciendo que Yoni ilustrara a los jueces.

-“En la tienda, señor”, dijo el acusado.

Se sabe quién vende automóviles en Cuba y el precio que hay que pagar por ellos al monopolio estatal.  Ahora me pregunto si policías y fiscales acusadores de Yoni, de vez en cuando leen y alguna vez aplican las disposiciones del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular (CGTSP).

Ahora me pregunto si policías y fiscales acusadores de Yoni, de vez en cuando leen y alguna vez aplican las disposiciones del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular (CGTSP).

La Instrucción No. 115 de 20 de junio de 1984 del CGTSP establece las normas para la aplicación del apartado 2 del artículo 8 del Código Penal, esto es, el no delito por carente peligrosidad social. Esas reglas conceptúan las condiciones personales del acusado, la gravedad del hecho y las características del delito en cuanto a tiempo, lugar y situación sociopolítica.

Cumpliendo un Acuerdo del Consejo de Estado, el CGTSP dictó la Instrucción No. 118 de 15 de marzo de 1985, para reducir al “máximo” el número de acusados en prisión provisional, útil al de adecuar las sanciones penales. La normativa precisa que el acusado posee buena conducta cuando reuniendo las condiciones del ciudadano respetuoso de la legalidad, no ha sido sancionado a privación de libertad, sujeto a prisión provisional ni advertido oficialmente en tres oportunidades.

Entendiéndose que, un delito ha producido alarma, cuando por su connotación social, ha originado inquietud, animadversión o temor en la esfera social inmediata al hecho. Y estimándose que un delito se comete con frecuencia, si durante un periodo determinado su incidencia es proporcionalmente superior respecto a la media nacional. En este caso de Yoni… ¿Alguien está utilizando las Instrucciones del CGTSP como papel higiénico?

Pregunto porque en lugar de recibir advertencias policiales, Yoni Castelló Sales recibió elogios, reconocimientos y aplausos de las más encumbradas autoridades de este país. Y sí, se produjo una gran alarma, inquietud, animadversión y temor cuando puesto preso Yoni dejó de haber carne de cerdo en las carnicerías y el precio de la carne encareció.

Ciertamente, la objetividad jurídica en el delito de cohecho es proteger el buen funcionamiento de la administración y de la jurisdicción, lesionado o puesto en peligro por el solo hecho de existir actos corruptores, y cabe preguntar: Fiscal, ¿cuál es el delito de Yoni?

Tras dos prolongadísimas suspensiones del juicio, ¡ojalá que para bien!, policías, fiscales y jueces, si hurgan para privar de libertad y de sus bienes a un agricultor que fue ejemplo de muchos, quizás estén procurando una sentencia condenatoria más de sí mismos que del acusado.