Inicio Destacadas Sánchez indulta a los golpistas catalanes aprovechándose de la crisis del coronarivus

Sánchez indulta a los golpistas catalanes aprovechándose de la crisis del coronarivus

Pedro Sánchez ha aprovechado la crisis del coronavirus para aprobar mediante Real Decreto la concesión de indultos a los golpistas catalanes por «interés general».

Cabe recordar que esta decisión se toma sólo unas semanas después de la indignación provocada por la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que ha permitido a los golpistas condenados por el 1-O salir de prisión para trabajar o hacer voluntariado. Dichas actividades de las que se beneficiaban Oriol Junqueras y el resto de penados han quedado paralizadas por la pandemia.

Tal y como recoge una disposición del Ministerio de Justicia en el Boletín Oficial del Estado BOE de este sábado, «con fecha 14 de marzo, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado», el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cuya Disposición Adicional Tercera, apartado 4, se preveía la suspensión de todos los plazos administrativos, con la sola excepción de aquellos procedimientos y resoluciones referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma».

El PSOE aprovecha la crisis del coronavirus para ejercer la deslealtad

Hace unos días el Gobierno aprovechaba el decreto ley de medidas urgentes para hacer frente al coronavirus para blindar la presencia del vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, en la comisión que controla los servicios secretos, ahora aprovecha la crisis para indultar a los golpistas.

«Con fecha 18 de marzo de 2020 se ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado», el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, cuyo artículo único, modifica el apartado 4 de la Disposición Adicional Tercera y habilita a la Administración para acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que sean indispensables para la protección del interés general».

«Considerando que el interés general que concurre en estos supuestos es el mismo que constituye el fundamento de su excepcionalidad, la consecución de la justicia material, se considera imprescindible la tramitación de estos procedimientos para dar una respuesta adecuada a los ciudadanos que los insten, evitando los perjuicios que pudieran irrogarse por la suspensión que determina el estado de alarma», concluye el BOE.

Por ello, se acuerda «reanudar por razones de interés general todos los procedimientos para solicitar y conceder la gracia del indulto que estuvieran en tramitación con fecha 14 de marzo de 2020 o que se hayan iniciado o vayan a iniciarse con posterioridad a dicha fecha».